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lunes, 1 de abril de 2013

EL SUPREMO SE PRONUNCIA SOBRE LAS JUBILACIONES FORZOSAS

http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/acierto-abril/legislacion/noticias/4712039/04/13/El-Supremo-abre-la-mano-a-las-jubilaciones-forzosas-.html


El Tribunal Supremo ha vuelto a pronunciarse sobre las jubilaciones forzosas obligatorias a partir de los 65 años en una sentencia en la que resuelve de forma distinta -y más flexible- a un fallo dictado tan sólo un mes antes.
En el nuevo pronunciamiento se determina que basta que en el convenio colectivo aplicable a una empresa se especifique que las jubilaciones forzosas se cubrirán con nuevos trabajadores para que los despidos llevados a cabo de ese modo se consideren procedentes, sin que se incumplan las exigencias que marca el Estatuto de los Trabajadores para utilizar la herramienta de las jubilaciones forzosas.

El debate se enmarca en la Disposición Adicional Décima del Estatuto de los Trabajadores (ET), donde se recoge que la jubilación obligatoria se condiciona a que ésta se vincule a objetivos coherentes con la política de empleo, que se encuentren expresados en el convenio colectivo, tales como la mejora de la estabilidad del empleo, la transformación de contratos temporales en indefinidos, el sostenimiento del empleo, la contratación de nuevos trabajadores o cualquier otra que favorezca la "calidad del empleo".

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