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El origen de esta convocatoria está en la injustificable oposición del grupo de empleadores ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a partir de la Conferencia Internacional del Trabajo de 2012, a la interpretación que aquélla viene haciendo sobre el derecho de huelga como norma internacional en base al Convenio 87 de Libertad Sindical, uno de los ocho convenios fundamentales de esta organización, mediante el que se protege el derecho de sindicación.
Lo más significativo de este cuestionamiento por parte de los empleadores es que se produce más de sesenta años después de su reconocimiento por la OIT que, como se sabe, es una organización tripartita de la que forman parte también los empleadores. Si bien el Convenio 87 no menciona expresamente el "derecho a la huelga", en base a otras disposiciones de ese mismo Convenio se ha consagrado ese derecho. Esta organización viene considerando que la huelga constituye un derecho fundamental y va firmemente unido al derecho de sindicación y al de negociación colectiva. Pero es que, además, existen resoluciones de la Conferencia Internacional de la OIT y otros instrumentos normativos de la misma, adoptados de forma tripartita y, por tanto, con el apoyo del grupo empleador, que también reconocen el derecho internacional de huelga.
Las reformas laborales llevadas a cabo en los últimos años en varios países, y muy señaladamente en España, han roto el débil equilibrio entre los empresarios y trabajadores en favor de los primeros de forma absoluta. Ahora se pretende reducir, cuando no negar, los mecanismos de presión colectiva de los trabajadores a las medidas degradantes de sus derechos y condiciones de trabajo.
La jornada de acción mundial en favor del derecho de huelga al que hacíamos mención al principio, no nos debería ser ajena. En el ámbito nacional, si bien en el artículo 28.2 de nuestra Constitución se reconoce el derecho de huelga, algunas iniciativas legislativas recientes, como la Ley de Seguridad Ciudadana y la Ley de Seguridad Privada, restringen de manera importante ese derecho. Persecución antisindical que llega a la intimidación al criminalizar la protesta por la petición de penas privativas de libertad a quienes han ejercido el derecho de huelga, lo que ha motivado que UGT y CCOO hayamos presentado una queja ante la OIT.
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